LA LEY REP

Cada Eco Ladrillo sirve como un bloque de construcción que puede ser utilizado para producir estructuras, capturando y reduciendo la contaminación que de otra forma producirían los materiales compactados en su interior.

En un mundo donde el medio ambiente enfrenta desafíos cada vez mayores, las pequeñas acciones pueden marcar grandes diferencias.

Una Alternativa Sostenible para la Construcción en Tarapacá.

Qué es la REP

 La Ley tiene como principal instrumento la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), mecanismo en virtud del que los productores de productos prioritarios son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos derivados de la comercialización de sus productos en el país. Junto con esto, la Ley contempla penas al delito de tráfico de residuos peligrosos, y un Fondo para el Reciclaje como mecanismo de apoyo a la REP, que permitirá financiar proyectos, programas y acciones desarrollados por municipalidades y asociaciones de municipalidades, para prevenir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización. 

La Ley contempla la adecuación de otras normas para facilitar el funcionamiento del sistema REP, define obligaciones específicas a los distintos actores relacionados a la gestión de residuos e implementa un régimen de fiscalización y sanciones. 

Productos Prioritarios 

Estos productos fueron escogidos y priorizados frente a otros por poseer alguna o varias de las siguientes características: Ser de un consumo masivo, por el volumen significativo de sus desechos, por ser residuos peligrosos para la salud de las personas y/o el medio ambiente, por ser factible su valorización, y por existir una regulación comparada de referencia. La Ley establece que se deberá establecer un Decreto de Metas y Otras Obligaciones Asociadas (para abreviar, Decreto de Metas) para cada producto prioritario. La publicación del decreto determinará el momento en que comenzará a regir la obligación de organizar y financiar la recolección y tratamiento de cada uno de estos. 

Neumáticos 

Envases y Embalajes 

Aceite Lubricante 

Aparatos eléctricos y electrónicos y Pilas 

Baterías 

La Ley establece que el Ministerio del Medio Ambiente podrá aplicar la Responsabilidad Extendida del Productor a través de un decreto de metas a las categorías y subcategorías de otros productos, los que se entenderán productos prioritarios.  Para esto último, el MMA se encuentra evaluando futuras nuevas categorías de productos prioritarios: ver estudio sobre nuevos productos prioritarios.  

Ley marco 20.920 para la gestión de residuos 

La Ley 20.920 tiene como principal instrumento la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), un mecanismo en virtud del que los productores de productos prioritarios son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos derivados de la comercialización de sus productos en el país.  

Se trata de un régimen especial de gestión de residuos, a través del cual los productores son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de residuos derivados de la comercialización de productos definidos como prioritarios en el mercado nacional, regulados a través de la Ley y decretos supremos desarrollados por el Ministerio del Medio Ambiente. Los productos prioritarios establecidos a la fecha son neumáticos, envases y embalajes, aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y baterías, cuyos productores o importadores deberán cumplir metas de recolección y valorización de sus residuos a través de la conformación de sistemas de gestión, entre otras obligaciones. También se establece un régimen especial para la declaración de diarios periódicos y revistas, los que no están sujetos a metas.   

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